“En Ushuaia tenemos una historia de errores en homicidios que es significativa”

En estos momentos, la causa penal en contra de María Mercedes Soto Maldonado se encuentra en el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, con asiento en Ushuaia, donde el abogado defensor Raúl Paderne elevó un recurso de apelación en contra del drástico fallo, el cual tras ser admitido a trámite, los jueces se encuentran estudiando el fondo.

Punta Arenas (La Prensa Austral).- La vista de la causa se realizó el 28 de mayo pasado, en una audiencia conocida como “de mejoras de fundamentos”. “Tuvimos una muy buena recepción por parte de los tres miembros del Superior Tribunal y ahora el expediente está para la vista del fiscal mayor y después pasarán a resolver. Estimamos que a fines de agosto o los primeros días de septiembre deberíamos tener sentencia”.

Este caso fue resuelto en primera instancia por el Tribunal Oral de la Provincia de Tierra del Fuego, conformado por tres jueces.

Con este recurso de casación se busca anular el fallo que condenó a la mujer magallánica, acusada de: “introducir supuestamente una droga que se llama Mirtazapina, en whisky, vino, en una bebida alcohólica, dárselo a don José y esperando que estuviera algo embriagado, para luego de eso pegarle con un palo o golpe de puño, y lograr de esta forma que no opusiera ningún tipo de resistencia, y enseguida estrangularlo. Esta era la acusación”, según explica el abogado al otro lado de la línea telefónica.

Lo cierto, es que su defensa probó que esto no era posible por varios motivos: fue así que el abogado demostró que en la sangre de Huenante Huenante no estaba la droga Mirtazapina y ninguna otra, ni depresora, ni psicotrópica, nada. También acreditó que la cantidad de alcohol que tenía en la sangre no podía ser fehacientemente determinado por tres motivos: lo primero, porque don José era diabético, haciendo que en estos casos la medición de alcohol en un paciente de este tipo, no sea viable; segundo, cuando se toma la muestra de sangre varias horas después de la muerte, hay una modificación sustancial de la estructura celular que tampoco hace que sea fiable el índice arrojado por la muestra, y tercero y lo más importante probado, es que doña María Mercedes, de todas las botellas que había en la casa, sólo había tocado una, que correspondía a una bebida, un aperitivo que se llama Gancia. En el evento que su marido hubiera bebido en la medida que dio a conocer el fallo, tuvo que haber bebido algo así como 10 litros de Gancia, cosa que el abogado asegura no es posible.

Continúa expresando que además de eso, la mujer ni lo emborrachó ni lo envenenó, también probó que el golpe que aparentemente recibió la víctima, no era compatible con la fuerza física de María Mercedes, y si ocurrió, tendría que haberle pegado un boxeador de las características de Mike Tyson para provocarle una fractura de cráneo o un elemento romo duro, madera que no había en ningún lado.

Por otra parte demostró que el lazo que el hombre tenía en el cuello y las marcas provocadas por el mismo, no correspondía con la mecánica que decía el fiscal, porque tenía cuatro marcas atrás, en la parte posterior del cuello, tres en las laterales y tres adelante. La hipótesis del fiscal daba cuenta que la mujer lo había estrangulado desde atrás, lo cual también, físicamente, es imposible, reafirmó.

 

Se descarta el estrangulamiento y ahorcamiento

 

Ante toda esa evidencia, la defensa igualmente acreditó que Huenante no había muerto por asfixia mecánica, porque su examen de anatomía patológica no dio muestras que haya tenido un sufrimiento agudo en el pulmón, sino que tenía padecimiento crónico que era compatible con el accidente cerebro vascular que había enfrentado, por la diabetes, descartando con ello que haya tenido un sufrimiento agudo, cual es el de estrangular o ahorcar a una persona.

“Como aquello era tan evidente, el Tribunal condenó por otro hecho, al establecer en su sentencia que no era como decía el fiscal, sino que doña María Mercedes se había enojado, lo había empujado, con lo cual había logrado que se cayera y se había roto la cabeza, y después como no se había muerto, el fallo señala que con una almohada trató de asfixiarlo y como no pudo, lo estranguló esta vez desde adelante”.

Para el abogado, toda esa nueva hipótesis, es un absurdo más, no fue juzgada, señalando que “yo no defendí por eso, yo defendí por la acusación de los hechos expuestos por la Fiscalía, por lo tanto la sentencia es nula”.

A juicio del jurista, hay una nulidad manifiesta porque al no ser probada la acusación de la Fiscalía, esto merecería otro juicio y no una condena.

Sobre el sistema judicial en la provincia, el abogado lo calificó como un sistema bastante falible respecto de los juzgamientos, pues “tenemos una historia de errores en homicidios que es significativa, yo he tenido algunos casos donde los acusados han terminado absueltos”, puntualiza el abogado con 34 años de profesión.

Señala que el ánimo de su clienta está bastante bien, con mucha confianza que esto se pueda revertir. “La nulidad es muy contundente y estamos esperanzados en muy buen resultado”.

Agotada la instancia judicial provincial, es posible echar mano al recurso extraordinario federal, ante la Corte Suprema de la Nación, y después ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “Esto no quedará acá, bajo ningún punto de vista”, sentenció Paderne.

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