En cuánto queda la Jubilación Mínima

A partir del mes de septiembre, la Jubilación Mínima para todos los jubilados argentinos será de $12.937,22; mientras que el haber máximo tendrá un tope de $ 94.780,42, según el artículo 8º y 9º de la Ley Nº 27.426.

Río Grande.- La Jubilación Mínima será de $12.937,22; mientras que el haber máximo tendrá un tope de $ 94.780,42, según el artículo 8º y 9º de la Ley Nº 27.426.

Esto representa un aumento de la Jubilación Mínima del 12,22% respecto del mes anterior y un 39% más en lo que va del año, 8 puntos más por encima de la inflación, según declaraciones de Emilio Basavilbaso; titular de la Administración de Seguridad Social (ANSES), en su cuenta oficial de Twitter.

El titular del ANSES, ante dicha resolución, escribió en su twitter: «En 2015 decían que íbamos a cortar la Asignación Universal por Hijo y no sólo no la cortamos, sino que la mejoramos, y salimos a buscar a más de 1.5 millones de chicos que no tenían datos».

«Por eso a partir de septiembre las jubilaciones van a aumentar 12,22% y acumulan un 39%, 8 puntos por encima de la inflación. Cumplimos con lo que dijimos a fin del año pasado, que los jubilados iban a recuperar poder adquisitivo», agregó Basavilbaso.

Para conocer con exactitud, cuál es la jubilación mínima, se puede revisar la resolución 200/2019 publicada el 7 de agosto pasado en el Boletín Oficial de la República Argentina, en concordancia con la Ley de Movilidad Nacional que exige la actualización trimestral de dichos haberes, entre ellos, la jubilación mínima.

 

¿Cómo se determinan los aumentos de la jubilación mínima?

 

La Ley de Movilidad, por la cual se determinan los incrementos en la jubilación mínima, fue sancionada en el 2017, y contempla una fórmula que incluye como variables, al 70% de la inflación oficial medida por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) y el 30% de la Remuneración Imponible para el Trabajador Estable (Ripte), índice medido por el Ministerio de Trabajo.

En el caso de los asalariados, para estimar cuál será el haber inicial se tiene en cuenta las últimas 120 remuneraciones o “sueldos” antes del momento de retiro. Del promedio de esos salarios (actualizados) se obtiene el 1,5%. Y al dato resultante se lo multiplica por la cantidad de años trabajados.

Estos ajustes de los valores históricos han sido el núcleo de muchas de las demandas judiciales iniciadas en los últimos años, ya que en el gobierno anterior las cuentas fueron “deficientes”, según lo determinó la Corte Suprema de Justicia en la causa Elliff.

Asimismo, estas medidas tomadas por el ANSES en la resolución resolución 200/2019 impactan también en la Prestación Básica Universal (PBU) y en la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 110/18 Reglamentario de la Ley Nº 27.426, aplicable también a partir del próximo mes de septiembre, con un importe de $ 6.112,03 para la primera y $ 10.349,78 para la segunda, respectivamente.

 

Cómo quedarían finalmente las asignaciones

 

En el caso de las asignaciones por cónyuge de jubilados y titulares de pensiones honoríficas de veteranos de la guerra del Atlántico Sur, la asignación va de $610 a $1.212 (este último valor en zona 1, es decir, La Pampa, Río Negro y Neuquén, y en algunos departamentos de Formosa, Mendoza y Salta).

Para los monotributistas, la asignación prenatal y por hijo se calcula entre $527 y $2.525 (por hijo con discapacidad de $3.671 a $8.227), según la categoría de inscripción, mientras que la ayuda escolar anual será de $2.115 en cualquiera de los casos.

La Asignación Universal por Hijo y por Embarazo para Protección Social, llega a un valor de $2.652 como valor general ($3.448 en zona 1), de los cuales el 20% se percibe contra la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación y declaración jurada del Adulto Responsable.

La Asignación por nacimiento también sufre un incremento y sube a $2.943; por adopción se ve aumentada a $17.615; y por matrimonio alcanza los $4.407. Estas tres asignaciones no se entregan de manera mensual a diferencia de la Es decir, no se otorgan de manera mensual a diferencia de la pensión de la jubilación mínima o la asignación universal por hijo.

La asignación durante el período prenatal y por hijo pasa varía entre $527 y $2.525 (en valores generales), de acuerdo con el ingreso del grupo familiar (IGF), y tiene un límite de $5.447 en provincias como Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego

La asignación por hijo con discapacidad oscila entre $3.671 y $8.227, y llega a $16.438 en Santa Cruz, Tierra del Fuego y determinados departamentos de Catamarca, Salta y Jujuy. En estas cinco provincias recibirán el monto de $4.221 como ayuda anual escolar. A su vez en zona 1 pasa a $2.822, zona 2 a $3.531 y el resto del país $2.115.

 

Requisitos para jubilarse

 

Para poder acceder a una jubilación se tiene que cumplir los dos requisitos, uno es haber cumplido la edad necesaria de 65 hombres y 60 las mujeres, y a su vez también deberán tener un aporte de 30 años.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.