El juez de Familia podría ser sancionado por haber allanado una vivienda

Se trata de una causa tramitada por el juez de Familia Dr. Fernándo González, quien en el mes de abril pasado, ordenó un allanamiento para el domicilio de un sujeto, en el marco de una causa por violencia de género, pese a que la abogada Violeta Coronel, sostiene “es una compensación económica y una separación”. Ahora, los jueces de la Sala Civil de la  Cámara de Apelaciones, Capelloti, Satini y Gutierrez, dictaron la nulidad de todo lo actuado, y la causa vuelve a foja cero. Según la letrada, su defendido, se encuentra con tratamiento psicológico y está esperando “que le devuelvan su celular”. 

Río Grande.- En declaraciones a Aire Libre, la abogada Violeta Coronel, quien representa a un hombre en el marco de una causa por violencia de género, que la misma abogada niega, le allanaron su domicilio en el mes de abril pasado, explicó que tras haber apelado las actuaciones, e incluso haber radicado una denuncia ante el Consejo de la Magistratura debido a las actuaciones del juez Fernando González, la cual no prosperó, sostuvo: “Hubo tres votos por unanimidad, ejemplar dado que llegado el caso si quedaba firme iba a sentar un precedente bastante grave  para la sociedad, porque si no, nadie se podría separar porque serían allanados”.

En este marco, Coronel indica: “El fallo recalca que no se cumplieron los requisitos, con unas medidas excesivas, de hecho, se podrían haber tomado otras medidas. Recordemos que el allanamiento era por un concubinato y un celular, son medidas excepcionales, del fuero penal, las puede tomar un juez excepcionalmente, y no se dieron los requisitos que amerite tomar medidas de esa gravedad”.  

“Han hecho lugar a todas y cada una de las medidas, se violó el debido proceso, han hecho lugar a todas y cada una de las apelaciones y fundamentos, incluso habrían manifestado los camaristas que el juez Fernandez no fundamentó, podrían haber sido otras medidas, podrían haber peritado, la producción de prueba se podría haber hecho de otro modo” y aclaró, “estamos dentro de una compensación económica”.

Si consideraba que había violencia patrimonial, lo hubiese dado al juzgado competente. 

Si los magistrados interpretan subjetivamente, estaría abierta a que cualquier juez de familia lleve a cabo medidas en el fuero laboral o penal”.

“En este caso no era grave, era una separación y lo que había era compensación económica”, reiteró Coronel. 

La abogada se mostró satisfecha con el fallo de los camaristas, y cargó las tintas hacia el juez de Familia, Dr. Fernando González Cárcamo. “El juez dictó siete medidas en una causa que no tenía demanda, incluso una tobillera que se la sacaron a este señor, si se sentaba este precedente, las personas no se podrían separar”. 

Por último, y no menos grave, la abogada Violeta Coronel expresó: “El fallo trae un poco de confianza, porque se estaba perdiendo la credibilidad, hoy por hoy, lo que diga la mujer era palabra sagrada”. 

 

¿Qué dijo el juez González ante las acusaciones de Coronel? 

 

El juez Fernando González Cárcamo expresó a este medio, en mayo de este año: “Que la medida de allanamiento para secuestrar un teléfono celular y un acta de concubinato, no fue dispuesta por “simples dichos” como menciona la letrada de la parte sobre la que recayera la medida; sino que fue ordenada una vez analizada la demanda civil de compensación económica que intenta probar la existencia de una relación de pareja en los términos de una unión conviviencial por un lado y un desequilibrio patrimonial al momento de disolverse por otro, teniendo como característica esta última circunstancia que habría sido producido a través de actos de violencia económica”.

Asimismo, el magistrado indica: “La acción fue presentada cumpliendo los requisitos legales para ello, habiendo invocado la solicitante y evaluado el Tribunal la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora conforme lo requieren las medidas cautelares de este tenor, con el objetivo de obtener una prueba que podría llegar a perderse como es el contenido de un teléfono celular”.

“La medida fue solicitada intentando la parte demostrar, entre otras cuestiones, que se simuló una operación de venta del inmueble donde la solicitante habita con el hijo menor de ambas partes, y del cual a la fecha los intenta desalojar el nuevo titular del inmueble”, sostiene el comunicado.

En el mismo sentido aclaratorio, González escribió: “que la medida adoptada en fecha 16/04/2025 fue dispuesta una vez analizados más de 20 archivos de audios, más de 20 capturas de pantallas de conversaciones mantenidas a través de WhatsApp, de haber evaluado el contenido de cartas documentos, informes de organismos públicos, entre otras pruebas aportadas por quien requirió la medida y no por simple dichos como se pretende instalar”.

“Por su parte, la medida fue llevada a cabo por la División de Delitos Complejos, no por considerar a la parte un delincuente, sino porque de esta manera se da cumplimiento con el protocolo para la identificación, recolección, preservación, procesamiento y presentación de evidencia digital, correspondiente al “Programa de Fortalecimiento en Ciberseguridad y en Investigación del Cibercrimen (ForCIC) del Ministerio de Seguridad de la Nación, del cual la provincia de Tierra del Fuego se encuentra adherida”.

“Por lo demás, tratándose de un expediente de familia de carácter reservado, no corresponde ventilar mayor información que existe en las causas que involucran a las partes”, indicó el juez Fernando González para concluir.

 

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