El exdefensor del Poder Judicial de Tierra del Fuego, Gustavo Ariznabarreta, cuestionó la falta de infraestructura y recursos para aplicar la Ley 27.801 en la provincia, y advirtió que la norma responde a una agenda pensada para el AMBA que «no mueve mucho la aguja» en el territorio fueguino.
Río Grande.- El nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido por la Ley 27.801, ya está en vigencia en todo el país, incluida Tierra del Fuego, pese a que en varias jurisdicciones su implementación arrancó con inconvenientes. Así lo confirmó el exdefensor del Poder Judicial fueguino, Gustavo Ariznabarreta, en diálogo con el programa Periodismo de Radio Provincia, donde cuestionó que la provincia todavía no cuenta con la infraestructura necesaria para aplicarlo y relativizó su impacto real en el territorio.
Una ley pensada para otro problema
Consultado sobre si es razonable que el régimen haya entrado en vigencia en estas condiciones, Ariznabarreta fue categórico: sostuvo que la experiencia demuestra que las leyes por sí solas no cambian las conductas sociales, sino que requieren un trabajo previo de fondo. A su criterio, la nueva normativa —que crea un instituto de juzgamiento para delitos cometidos por menores de entre 14 y 18 años, dejando atrás la vieja lógica tutelar— representa un abordaje «razonable» en términos generales, pero advirtió que, como toda reforma judicial, su problema de base es la falta de recursos: no solo económicos, sino de estructuras de trabajo y recursos humanos formados específicamente en la materia.
El exdefensor fue más allá y planteó que la ley responde, en rigor, a una agenda pensada para el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), donde el reclamo de seguridad ciudadana asocia buena parte de la criminalidad a menores de edad. En su análisis, esa mirada centralista termina generando «productos enlatados» que poco tienen que ver con la realidad de provincias periféricas como Tierra del Fuego. Por eso, consideró que la nueva normativa «no mueve mucho la aguja» en el territorio fueguino.
Sin cárceles de menores, porque no hacen falta
Ante la consulta sobre si existen en la provincia lugares de detención para aplicar el régimen en caso de que sea necesario, Ariznabarreta explicó que Tierra del Fuego nunca tuvo, ni necesitó, un espacio de encierro específico para menores, dado que la incidencia de delitos graves cometidos por adolescentes es muy baja. Según describió, la problemática local pasa por otro tipo de riesgos: picadas, conducción alcoholizada o motos robadas, antes que homicidios o abusos sexuales agravados.
El exfuncionario judicial detalló que, históricamente, la provincia alojó a los jóvenes con mayores dificultades familiares en casas dispuestas por el IPV para el Estado provincial, con operadores formados de manera artesanal, «con mucho esfuerzo». Remarcó que esa estructura ya existía antes de la nueva ley y que el cambio central que introduce la norma es una mayor punibilidad y capacidad de pena para los menores, no la creación de nuevos espacios de alojamiento.
También recordó que el Código Procesal Penal de Tierra del Fuego, vigente desde 1994, prohíbe aplicar la prisión preventiva a menores de 18 años, por lo que cualquier medida de detención que prevea la nueva ley debería entenderse como una protección transitoria del joven, y no como una prisión preventiva propiamente dicha.
«La ley no resuelve lo que no se aprende en casa»
Consultado sobre si los adolescentes de Tierra del Fuego fueron debidamente informados de que ya son pasibles de sanciones penales bajo este nuevo régimen, Ariznabarreta relativizó el peso de esa información: explicó que conocer una prohibición normativa no garantiza que una persona, sea adulta o menor, ajuste su conducta a esa norma. Señaló que ese aprendizaje sobre qué está bien y qué está mal empieza en la crianza familiar, y que ninguna ley penal puede reemplazar ese proceso: su función, subrayó, es únicamente establecer un castigo para quien no lo respete.
