El caso Alfredo Mejía Pérez y la invisibilización de la violencia contra trabajadoras sexuales

El 1 de febrero de 2025, en la zona de Playa Larga, la trabajadora sexual fue violentada por Alfredo Mejía Pérez, quien inicialmente había pactado un servicio sexual por 45 mil pesos. El acuerdo se realizó a través de una página web y luego por WhatsApp, pero el imputado incumplió lo convenido y, tras una discusión, llevó a la mujer fuera del radio pactado. Ante el temor, la víctima envió mensajes y ubicación a sus amigas, quienes alertaron a la policía. estos dos elementos, fueron cruciales para dar con el lugar en que se estaba cometiendo el ataque. 

Ushuaia. -El pasado viernes 6 de noviembre, se dio a conocer el fallo completo firmado por los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembhy Videla, que aplicaron una pena de 11 años de prisión de cumplimiento efectivo al imputado.

La rápida intervención de los uniformados permitió encontrar al acusado en pleno acto delictivo, semi desnudo y amenazando con un cuchillo a la mujer, que pedía ayuda a gritos dentro de un rodado. Los peritajes confirmaron lesiones compatibles con abuso sexual con acceso carnal y pruebas de ADN que vincularon directamente a Mejía Pérez.

Un aspecto central del caso fue la reticencia inicial de la víctima a denunciar, motivada por la desconfianza hacia las fuerzas de seguridad y el estigma social que recae sobre las trabajadoras sexuales. Solo tras recibir contención pudo declarar en la Fiscalía. Los jueces destacaron que su testimonio fue coherente y sin intención de perjudicar al imputado, lo que refuerza la credibilidad de la víctima frente a intentos de desacreditación.

 

Perspectiva de género y violencia estructural

 

El tribunal consideró el patrón de violencia sexista del imputado, agravado por el consumo de alcohol, y la situación de vulnerabilidad de la mujer. Este enfoque es clave: la violencia sexual contra trabajadoras sexuales no puede analizarse como un hecho aislado, sino como parte de un entramado de discriminación y exclusión.

Según informes de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), las trabajadoras sexuales en Argentina enfrentan altos niveles de violencia sexual, extorsión y abusos policiales, muchas veces invisibilizados. Organizaciones como AMMAR han denunciado que la clandestinidad del trabajo sexual facilita la impunidad y expone a las mujeres a riesgos constantes.

En Ushuaia, el municipio informó en 2025 un aumento del 50% en las intervenciones por violencia de género respecto al año anterior, lo que refleja un contexto de creciente vulnerabilidad.

El fallo contra Mejía Pérez no solo sanciona un delito grave, sino que obliga a repensar cómo la justicia aborda los casos de violencia sexual cuando las víctimas pertenecen a sectores estigmatizados. La perspectiva de género exige reconocer que la condición de trabajadora sexual no disminuye derechos ni credibilidad, y que el Estado debe garantizar protección, acceso a la justicia y reparación.

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