El Superior Tribunal designó a María Elena Guerrero como jueza de Familia

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Tierra del Fuego designó, mediante la Acordada 70/2026 —firmada de manera digital el 8 de julio y publicada este martes 21—,a María Elena Guerrero como jueza de Primera Instancia de Familia y Minoridad Nº 1 del Distrito Judicial Sur, con asiento en Ushuaia. La decisión pone fin, de manera formal, a un conflicto institucional inédito entre el máximo tribunal provincial y el Consejo de la Magistratura, que se extendió por meses y que, según especialistas consultados por distintos medios locales, no tiene antecedentes en la historia judicial de la provincia.

Río Grande.- El conflicto se remonta a noviembre de 2025, con un rechazo sin precedentes, cuando el Consejo de la Magistratura completó el concurso para cubrir el juzgado de Familia, vacante desde fines de 2024, y propuso a Guerrero para el cargo mediante la Acordada 674.

A comienzos de mayo de 2026, el STJ dio un paso que hasta entonces no tenía antecedentes en el sistema judicial fueguino: por medio de la Acordada 24/2026, rechazó la propuesta. El Tribunal —integrado en esa decisión por los jueces Javier Muchnik, Gonzalo Sagastume y María del Carmen Battaini— avaló en la misma acordada la designación para el Juzgado Correccional y Contravencional, pero objetó puntualmente la de Guerrero. El argumento central fue la falta de parámetros objetivos que permitieran entender por qué se la había preferido frente a otras candidatas con antecedentes específicos superiores en el fuero de familia.

 

La reacción del Consejo

 

La respuesta institucional no se hizo esperar. El 11 de mayo, el Consejo de la Magistratura —presidido por la jueza del STJ Edith Miriam Cristiano, quien además, lidera simultáneamente ambos cuerpos— resolvió en un acta extraordinaria pedir la derogación de la Acordada 24/2026 y exigió que se avanzara con la jura de la magistrada ya designada.

Ese primer round de tensión derivó en un acto del Consejo que el propio STJ describiría después como excedido en sus plazos y su competencia. Finalmente, el organismo optó por una vía distinta: amplió los fundamentos de su propuesta original a través de la Acordada 693/2026, detallando con mayor precisión los méritos de Guerrero —su desempeño en la entrevista personal, la solidez del examen escrito y, sobre todo, sus más de trece años de trayectoria profesional en el fuero de familia.

 

La resolución final

 

Con esos argumentos ampliados sobre la mesa, y luego de una instancia de diálogo entre ambos órganos, el STJ consideró satisfecho el estándar de motivación que había exigido en mayo y avanzó con la designación. 

En su voto —el más extenso de los tres y el que sienta la doctrina central del fallo— el juez Javier Darío Muchnik fue explícito: la intervención del Tribunal nunca buscó cuestionar la idoneidad de Guerrero ni sustituir el criterio de selección del Consejo, sino «exigir el máximo estándar de motivación en un acto tan trascendente como es el que propone una candidata para cubrir un cargo en la magistratura». En esa misma línea, remarcó que la tarea de revisión no implica juzgar el mérito de la elección, sino «verificar objetivamente la existencia de debida motivación, aun cuando no se comparta la decisión o el fundamento utilizado ‘no guste'».

El mismo voto dejó planteada una autocrítica de fondo sobre el sistema de concursos que -según remarcan quienes siguen el conflicto- es la primera vez que un juez del STJ fueguino formula por escrito con este nivel de detalle. Muchnik advirtió que el mecanismo vigente «no les permite a los consejeros evaluar a aquellas candidatas o candidatos que, pese a tener mejores antecedentes, no resultaron elegidos», ya que sin datos duros —puntaje de antecedentes, nota de examen, puntaje de entrevista— «todo queda reducido a una motivación que responde a la íntima convicción de cada uno». Y fue categórico sobre la necesidad de un cambio: sostuvo que esa íntima convicción «no resulta el mejor estándar para evaluar la idoneidad que manda  el artículo 24 de la ley 8», incluso cuando esté debidamente explicitada. Por eso, como parte del mismo acuerdo institucional que destrabó la designación, el STJ remitió al Consejo un proyecto de reglamento de concursos elaborado por el propio Tribunal, con el objetivo de fijar esos criterios objetivos hacia el futuro.

 

Un dato que no pasó desapercibido

 

La Acordada 70/2026 quedó firmada por tres de los cinco integrantes del STJ. La jueza Cristiano no suscribió el acto por presidir, al mismo tiempo, el Consejo de la Magistratura —el organismo que había propuesto a Guerrero—, mientras que el juez Ernesto Löffler tampoco participó, en los términos del reglamento interno del Tribunal.

La superposición de roles entre ambos cuerpos —el STJ integra el Consejo, y a la vez revisa lo que el Consejo le propone— fue justamente uno de los puntos señalados como el trasfondo estructural de todo el conflicto: un esquema donde el límite entre proponer y designar no siempre es tan nítido como parece en el papel.