Borruto advirtió que la demanda ambiental por Malvinas Norte “recién comienza”

La jueza federal de Río Grande, Dra. Mariel Borruto, explicó que la presentación contra la continuidad de la exploración hidrocarburífera en la Cuenca Malvinas Norte se encuentra en una etapa inicial y deberá atravesar el análisis de la Fiscalía y de los requisitos propios de una medida cautelar. Advirtió que cualquier eventual notificación a las empresas radicadas en el extranjero deberá canalizarse a través de Cancillería, porque excede las facultades del Poder Judicial. Además, reivindicó la vigencia de la Ley 19.640, sostuvo que “es una ley impecable” porque tiene como objetivo generar trabajo y remarcó que la soberanía sobre Tierra del Fuego y el Atlántico Sur “no se negocia”.

Río Grande. – La demanda de carácter ambiental presentada ante el Juzgado Federal de Río Grande para intentar frenar la continuidad de la exploración de hidrocarburos en la Cuenca Malvinas Norte se encuentra todavía en una etapa inicial y deberá atravesar una serie de instancias procesales antes de que pueda existir una definición judicial.

Así lo explicó la jueza federal de Río Grande, Dra. Mariel Borruto, durante una entrevista con FM del Pueblo, al ser consultada sobre la presentación impulsada por abogados ambientalistas y acompañada por el Centro de Estudios para el Cambio Climático de La Plata (CECL), que pretende que la Justicia determine el cese de la continuidad de las actividades vinculadas con la exploración y eventual explotación de recursos hidrocarburíferos.

“Bueno, acaba de iniciarse, con lo cual tiene una vista la Fiscalía. La Fiscalía responderá, tiene tiempo para responder, por lo tanto, una vez que responde la Fiscalía, nosotros revisamos”, explicó la magistrada.

Borruto remarcó que “se trata de una demanda de carácter civil, por lo que el trámite se encuentra sujeto a las disposiciones del Código Civil y Comercial y a requisitos procesales específicos”.

En ese sentido, marcó una diferencia sustancial respecto de los procesos penales al señalar que “le recuerdo que es una demanda del tipo civil, que se rige por las normas del Código Civil y Comercial. Son reglas muy estrictas, están bien trazadas dentro del Código”, señaló.

Y agregó que “no es penal, donde hay cierta movilidad o cierta oficialidad, el juez en estos casos tiene que ser muy estricto”.

Por ese motivo, antes de avanzar hacia una eventual resolución, el juzgado debe verificar una serie de requisitos vinculados tanto con quienes promovieron la acción como con la documentación presentada.

“Se revisa la legitimación activa, que significa quién la presenta, cómo la presenta, cuáles son, si la documental que se acompaña. Es decir, se revisan todos los requisitos”, detalló la jueza.

En caso de que exista algún elemento faltante, el juzgado deberá requerirlo. Si, en cambio, la presentación reúne las condiciones necesarias, el expediente podrá avanzar hacia el análisis del pedido concreto formulado por los demandantes.

“Si falta alguno, se solicita. Si está todo bien, se pasa a resolver porque se pide una medida del tipo cautelar”, explicó Borruto.

 

Una cautelar y requisitos estrictos

 

La magistrada puso especial énfasis en que el “pedido formulado constituye una medida cautelar, es decir, una decisión de carácter provisional y preventivo que requiere acreditar determinados extremos antes de ser concedida o rechazada, las medidas cautelares son medidas provisionales, preventivas”, recordó.

En ese marco, explicó que el juzgado deberá analizar cuestiones como la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, entre otros requisitos que establece la legislación.

“Para resolver esto hay que revisar muchos requisitos, como es la verosimilitud de derecho, el peligro de la demora, etcétera”, indicó.

Borruto aclaró además que “en función de lo que solicite la parte demandante y de lo que surja del análisis judicial, podrá dictarse o no una resolución cautelar, viendo lo que solicita la parte, en este caso la única parte, se puede dictar una sentencia con una medida cautelar, por sí o por no”, explicó.

Pero allí aparece uno de los principales obstáculos procesales del expediente como son  las empresas involucradas tienen domicilio fuera de la Argentina.

 

El límite del Poder Judicial: “El juez llega hasta la puerta de Cancillería”

 

La jueza fue categórica al explicar qué ocurriría en caso de que una eventual decisión judicial deba ser comunicada a las empresas radicadas en el extranjero.

“En ese caso tiene que ser notificada, por supuesto, a las empresas. Las empresas radican en otro país”, señaló.

Y fue todavía más precisa al describir el mecanismo señalando que “el trámite se hace vía Cancillería. Es decir, el juez llega hasta la puerta de Cancillería, por el sí o por el no, por lo que fuera. Llega a Cancillería y ahí es donde se decide si se presenta, cómo se presenta”.

Borruto sostuvo que “esa instancia ya no depende del Poder Judicial, sino que corresponde al Poder Ejecutivo”, afirmó.

La magistrada recordó que no se trata de una situación inédita para el juzgado y mencionó antecedentes de expedientes tramitados desde 2015, durante distintos gobiernos nacionales.

“Ya nos ha pasado en antiguas causas. Usted se acuerda que yo ya tramité desde 2015, con distintos ejecutivos que fueron en el medio, y cada uno dio su mirada”, relató.

Según explicó, en algunos casos las notificaciones fueron cursadas, mientras que en otros los países involucrados adoptaron distintas decisiones.

“En algunos casos se dispararon las notificaciones, e Inglaterra decide no contestar, en la gran mayoría, obvio”, manifestó

“En otros casos que hay otros países, por ahí contestan, por ahí tienen todo el derecho a hacer lo que cada país determine con el momento político que tiene ese país”, sostuvo.

Por esa razón, Borruto insistió en que existe un “límite concreto para la actuación del juez federal cuando se trata de actuaciones que involucran a otros Estados, eso es lo que quiero que entienda. La medida tiene un límite”, remarcó.

Ante la consulta sobre si ese límite podía ser superado por el juzgado, respondió de manera contundente “no lo puedo poner yo, porque es otro poder”.

 

Una experiencia atravesada por distintos gobiernos

 

Consultada específicamente sobre cuál había sido su experiencia con el actual Gobierno nacional en este tipo de presentaciones, Borruto aclaró que “hasta el momento no había tenido un caso similar con la actual administración, no tengo con este gobierno, no tengo”, respondió.

Ante la posibilidad de que esta presentación constituya la primera experiencia en ese sentido, admitió que “será esta la primera”.

La jueza recordó que desde 2015 hasta la actualidad atravesó diferentes administraciones nacionales y que el funcionamiento de este tipo de procedimientos estuvo condicionado por las políticas de cada gobierno.

“Desde el 2015 hasta ahora, usted vio que pasaron tres distintos tipos de gobierno. Con los tres hemos trabajado de diferente manera. Y cada uno impone su política”, explicó.

En ese contexto, volvió a utilizar la misma imagen para explicar las competencias judiciales y ejecutivas al sostener que “uno, como juez, llega hasta la puerta, como le dije, y cada uno después reacciona, depende de su política”.

Y vinculó esa definición con el funcionamiento institucional de la política exterior, señalando que “cuando uno vota un presidente, vota todo eso también”.

“La carga de cómo va a gestionar esta política exterior” queda, entonces, dentro de las atribuciones del Ejecutivo, explicó.

 

Antecedentes y el antecedente de la doctora Herraez

 

Durante la entrevista también se mencionó que la presentación actual guarda similitudes con otra acción tramitada anteriormente ante el mismo juzgado, durante la gestión de la doctora Herraez.

Borruto reconoció que “la anterior presentación correspondió a aquella etapa”, aunque volvió a remarcar que “el procedimiento relacionado con las notificaciones internacionales mantiene el mismo límite institucional”.

“Lo mismo, en todos estos gobiernos, con la puerta de Cancillería”, señaló.

Respecto de la presentación actual, aclaró que “todavía deberá atravesarse la instancia correspondiente ante la Fiscalía, esto va a quedar supeditado a lo que diga el fiscal en primera instancia”, explicó.

Y volvió a señalar que “cualquiera sea el resultado de esa instancia, si se dispone una medida que requiera notificar a empresas radicadas en otro país, deberá recurrirse al canal diplomático correspondiente”.

“En primera instancia vamos hasta ahí. Y cuando regrese, ya le dije las posibilidades. Pero cualquiera sea la posibilidad, tiene que haber una notificación, y ese tipo de notificación se hace por esta vía”, sostuvo.

“No tenemos otra forma de hacerlo porque es otro país. Cuando ya todo lo que excede nuestro territorio es el Poder Ejecutivo el que va a tomar las medidas que quiera corresponder”, agregó.

 

Ambientalistas y causas vinculadas con Malvinas

 

Consultada sobre su experiencia con abogados ambientalistas y sobre otros planteos relevantes relacionados con cuestiones ambientales, Borruto señaló que “la actual presentación constituye una novedad dentro de su gestión, con los ambientalistas es la primera vez, por lo menos, que se presentan acá desde que estoy yo”, afirmó.

En cambio, explicó que “el juzgado sí ha intervenido en causas vinculadas con Malvinas y particularmente con cuestiones relacionadas con los veteranos, con abogados de Malvinas hemos trabajado todo lo que es el tema de Malvinas, que todavía está en la Corte”, explicó.

En ese sentido, recordó que “el expediente relacionado con los veteranos se encuentra pendiente de una definición del máximo tribunal, hasta que el máximo tribunal no se expida, nosotros estamos a la expectativa”, señaló.

Y aclaró que el tratamiento judicial se desarrolla dentro de los parámetros habituales “trabajo como con cualquier otro colega”.

 

La Ley 19.640: “Es una ley impecable”

 

La segunda parte de la entrevista giró hacia la Ley 19.640 y el debate abierto en torno a las medidas que afectan al régimen de promoción económica e industrial de Tierra del Fuego.

Consultada sobre quienes consideran que las recientes decisiones nacionales podrían significar una suerte de “funeral” para la ley, Borruto se mostró en “desacuerdo y reivindicó su vigencia, yo creo que va a tener. Yo siempre fui positiva con esto”, afirmó.

La jueza sostuvo que “después de más de cinco décadas, mantiene la misma valoración sobre el régimen de promoción, ya  pasaron 53, 54 años de la ley y sigo diciendo lo mismo, le guste o que no le guste a los economistas. Es una ley impecable”, expresó.

Borruto centró su argumento en uno de los fundamentos originales del régimen como lo es la “generación de empleo, todavía lo único que hace la ley es reducir tributos. ¿Para qué? Para dar trabajo a la gente”, planteó.

Y puso al trabajo en el centro de su defensa al señalar que “lo más digno que tiene un ser humano, el trabajo. Trabajo genuino, que no dependa del Estado, que no dependa de la acción social”.

La magistrada cuestionó que en el escenario actual muchas personas dependan de mecanismos de asistencia y planteó que el esquema de beneficios tributarios debe entenderse como una herramienta destinada a generar actividad económica y empleo.

“Hoy estamos en eso y es una lástima. Teníamos esto a cambio de tributos y está bien, para eso son los tributos, para que vuelvan a la gente de alguna manera”, sostuvo.

Y dejó planteada una reflexión sobre el criterio utilizado para administrar los recursos fiscales “¿Por qué no anticiparlos? Déjeme reflexionar de esa manera”.

 

Adaptar la industria antes que abandonar el régimen

 

Frente a la posibilidad de que los objetivos de determinados gobiernos nacionales terminen afectando la continuidad de la Ley 19.640, Borruto volvió a mostrarse optimista respecto de su permanencia y señaló que “yo creo que no”, respondió.

Pero planteó que el desafío consiste en “adaptar el régimen y la estructura productiva a las nuevas necesidades, a lo que hay que hacer, me parece que sería inteligente de ellos, es volver a reacomodarlo a esa industria”, afirmó.

“La industrialización ocupa mucha gente y es un área muy amplia para desarrollarnos”, manifestó.

En esa línea, sostuvo que “Tierra del Fuego no debería limitarse exclusivamente a una determinada actividad productiva y señaló que existen nuevos sectores vinculados con el desarrollo tecnológico”.

“Hoy que no tenemos tantos requisitos, no solamente en la electrónica, ahora estamos con el tema de inteligencia artificial y todo lo que se viene con eso”, explicó.

Para Borruto, las características de la provincia también podrían convertirse en un factor de “oportunidad para nuevas actividades, es importante el clima nuestro para esa área, tratar de estar abiertos a esto y dar trabajo a la gente”, señaló.

Y volvió a insistir sobre la prioridad que asigna a la “generación de empleo, es lo más importante que tenemos”.

 

“La soberanía no se negocia”

 

El último tramo de la entrevista llevó el debate desde la Ley 19.640 hacia su dimensión estratégica y territorial.

Ante el planteo de que uno de los objetivos históricos del régimen fue contribuir al poblamiento de Tierra del Fuego como forma de consolidar la soberanía no sólo sobre la provincia sino también sobre el Atlántico Sur, y frente al temor de que la pérdida de empleo pueda provocar un éxodo poblacional, Borruto fue categórica al sostener que “no, e objetivo de la soberanía está. Sea quien sea la bandera política que gobierne, eso va a estar para mí siempre presente”, afirmó.

La jueza reconoció que “pueden existir períodos de crisis y transformaciones económicas, pero separó esa coyuntura del principio de soberanía, a lo mejor son épocas de crisis, vivimos en el 2001 también, cuando estuvimos acá vimos lo que fue. Épocas anteriores también”, recordó.

“Todas las crisis implican cambios”, agregó.

 “El tema de la soberanía es indudable, indudable porque de eso no se mueve”.

“Puede haber más o menos gente, pero la soberanía no se negocia”, sentenció.

Para la magistrada, la ubicación geográfica de Tierra del Fuego constituye además un “elemento estratégico que no puede ser ignorado, la isla está en un lugar estratégico”, afirmó.

Y sostuvo que, en un escenario internacional donde esa condición adquiere cada vez mayor relevancia, resulta “necesario profundizar las herramientas diplomáticas, hay que buscar la forma diplomática de llegar a eso”, manifestó.

En ese contexto, volvió a reivindicar el régimen de promoción como una “herramienta que debería ser analizada desde una perspectiva más amplia y la ley es una herramienta muy importante, hay que mirarla con otros ojos”, planteó.