El fiscal había ampliado la descripción del hecho atribuido a la imputada Florencia Mancilla, y consideró dos agravantes. El artículo 80 inciso 1°, en cuanto a la relación de pareja o ex pareja existente entre la víctima y la imputada y el inciso 2°, alevosía, por la cantidad de heridas que presentaba Baciocchi y los distintos elementos que se habrían usado para cometer el delito.
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