La Provincia interpreta que el Decreto de Necesidad y Urgencia solo aplica a empresas del Estado Nacional. Se mantiene la figura de Sociedad del Estado como válida y vigente en el ámbito provincial. Río Grande. -A través de una resolución del Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia de la Provincia se determinó que la obligación de transformación societaria prevista en el artículo 48 del DNU 70/2023 del Poder Ejecutivo Nacional no alcanza a las empresas estatales provinciales ni municipales. La medida surge a partir del expediente E-101586/2025, en el cual la empresa Ushuaia Integral Sociedad del Estado (UISE) presentó un recurso contra una intimación de la Inspección General de Justicia (IGJ) que la instaba a transformarse en sociedad anónima, conforme
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