La víctima era obligada a tomar anticonceptivos de emergencia luego de cada hecho

La Doctora Adriana Varisco representa a la querella en el proceso oral que comenzó en la jornada de ayer, en los Tribunales del ex campamento YPF. Los acusados son el padre biológico, quien presenció el debate a través de videoconferencia debido a que está alojado en la Unidad de Detención y la co-imputada, es la pareja del sujeto, una mujer de nacionalidad dominicana.

Río Grande.- El juicio estaba programado para éste lunes 11 de mayo y fue aplazado para éste jueves 14 de mayo, dando inicio en el día de ayer.

Según explicó la abogada querellante, los hechos tuvieron lugar entre el año 2014 al 2016, cuando la víctima tenía solo 11 años de edad. La misma fue ultrajada en diversas oportunidades por el padre biológico, quien la accedía carnalmente, mediante coacción y amenazas.

Un detalle que brindó la querella es que la niña, luego de ser sometida, era obligada a ingerir anticonceptivos de emergencia, debido a que el acusado no utilizaba protección. Lo aberrante de los hechos es que cada abuso, sucedía bajo el consentimiento de la pareja, y ahora co-imputada en la causa.

Asimismo, Varisco indicó que al hombre, le podría caber el máximo de la pena por hechos de abuso sexual, es decir 20 años de prisión, mientras que a la mujer, aún se analiza cuál será el pedido de pena, pero se estima que no será menor.

El juicio da inicio con todas las medidas de seguridad, cada parte tiene su cubículo para llevar éste proceso, no se encuentra presente el detenido ya que no puede ser trasladado.

El imputado está detenido por otra causa

N.R. O, es el padre de la víctima, el mismo permanece alojado en la Unidad de Detención 1, purgando pena por otro gravísimo hecho, conocido como el “ataque a la masajista”.

De hecho, fue el Tribunal de Juicio en Río Grande resolvió el 22 de noviembre del año 2017 condenar a los 4 hombres juzgados por el delito de robo agravado, en un hecho que tuvo lugar el pasado 6 de enero de ese año en la ciudad de Río Grande.

Los condenados en ese momento fueron: Cristian Andrés Padrón que recibió una pena de 5 años de prisión, en tanto que a Franco Gabriel Aguilera y Víctor Ezequiel Perpetto, les correspondió la pena de 4 años de cárcel. Todos fueron considerados coautores penalmente responsables del delito de robo agravado. En tanto que, a N.R.O, ahora acusado por el abuso de su hija, el tribunal lo condenó a cumplir 4 años de prisión por considerarlo partícipe primario.

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