El Dr. Santamaría explicó las bondades del nuevo régimen previsional

El Dr. Félix Santamaría, patrocinante de muchos jubilados que en la gestión de Ríos tuvieron que recurrir a recursos de amparo para poder cobrar, destacó las bondades de la reforma previsional aprobada este lunes, que devuelve gran parte de los derechos conculcados en enero de 2016. Valoró el aporte del SUTEF, que puso blanco sobre negro ante funcionarios que se jubilaban como docentes pero cobraban un haber proporcional al cargo ejercido, y ya no podrán hacerlo. También consideró positiva la inclusión de docentes que no estaban contemplados, de las escuelas experimentales y talleres de formación; y algo similar ocurrió en el ámbito de la salud con médicos de otros poderes del Estado, como los forenses. Estimó que el sistema va a ser sustentable “si todos los actores cumplen con sus obligaciones”. Asimismo, el legislador Sciurano replicó a los referentes de Juntos por el Cambio que cuestionaron la reforma, probando con números que un jubilado fueguino termina aportando más que uno nacional, aunque la cantidad de años exigidos sea menor.

Río Grande.- El Dr. Félix Santamaría, abogado especialista en temas previsionales, que patrocinó a la mayoría de los jubilados en los recursos de amparo de la gestión Ríos para cobrar sus haberes por la vía judicial, dialogó con Radio Universidad 93.5 y Provincia 23 sobre la reforma jubilatoria aprobada este lunes por la Legislatura, que trajo críticas de referentes de Juntos por el Cambio y una falaz información de Mauricio Macri en sus redes sociales sobre la posibilidad de jubilarse “con 20 años de aportes”, con lo que nuevamente aprovechó la oportunidad para denostar a la provincia. Lo mismo hicieron otros referentes del espacio, como el senador Pablo Blanco y el diputado Héctor Stefani, pero el legislador radical Federico Sciurano dejó en claro que un fueguino termina aportando más con este régimen que un jubilado nacional.

Santamaría señaló que “es una reforma que afecta regímenes diferenciales, más allá del régimen general, y son los que tienen un sistema de aportes distinto del resto, como la jubilación docente, la jubilación de las personas afectadas al área de salud, y un régimen que podríamos llamar la 460 dos, porque es una jubilación anticipada o, como lo dice la ley, una jubilación extraordinaria. También afecta en general el cálculo del haber y de la movilidad jubilatoria”, resumió.

“En el artículo 4 hay una modificación sustancial al régimen docente, y esta fue una propuesta del SUTEF muy interesante, porque se clarificaron muchas cuestiones técnicas docentes para acceder al beneficio jubilatorio, referidas al tiempo frente a grado, al equipo directivo, e incluye en el sistema a las escuelas experimentales dependientes de municipios y comunas, que antes no estaban previstas. Si bien eran docentes, había una discusión larga sobre la incorporación al sistema previsional de la provincia. La ley superó eso y las incluyó de forma expresa, como también a los docentes de educación formal y no formal, que son talleristas en general, que tienen horas cátedra y, si bien no integran el Ministerio de Educación o establecimientos educativos, están incluidos en el sistema de educación”, dijo.

Agregó que “el inciso A reduce la cantidad de horas del régimen anterior, de 20 a 12 horas cátedra, y la edad mínima será de 55 años, cumpliendo una serie de requisitos, como haber estado 10 años frente a grado con 20 años de aportes a la caja provincial. Hay un régimen de educación especial con menor carga de aportes, que deben ser 15 años”.

 

Cálculo del haber

 

Con respecto al haber, que está en los artículos 8 y 9 de la ley, explicó que “se estableció un régimen de cálculo distinto. Esto llevó discusiones incluso ante el Superior Tribunal, y tiene en cuenta la diferencia de las prestaciones. Hay algunos conceptos que no me convencen con relación al descuento del 3%, pero hay una metodología distinta de cálculo especialmente para docentes. Se toman los 60 mejores haberes de los últimos 120 meses de toda la actividad docente. La ley aplicó esto con inteligencia y esto se lo debemos a la propuesta del SUTEF, porque había funcionarios docentes que pasaban a la actividad pública, se terminaban jubilando como docentes, pero en realidad cobraban como funcionarios. Para evitar eso, se estableció que estas otras actividades no serán consideradas para el cálculo del haber. No se pueden jubilar como docentes y cobrar como legisladores, subsecretarios o ministros. Si se jubilan como docentes, van a cobrar como docentes. Si optan por la jubilación ordinaria, para lo cual se prevé una edad mayor, sí se podrán jubilar con el haber de funcionario. Con esto se corta con una discusión importante”, manifestó.

Hizo referencia a una sucesión de reformas que se fueron dando en el cálculo del haber jubilatorio. “Antes se calculaba el haber sobre los mejores 12 meses de los últimos 10 años, después se pasó a 120 meses, luego se volvió a 24 meses, en enero de 2016 pasó a 120 meses de nuevo y ahora quedó en 60 meses. Todas las personas que referenciaron el haber con 120 meses a partir de enero de 2016 tienen la posibilidad de pedir un recálculo, y esto va a implicar una mejora sustancial en el haber previsional, porque una cosa es promediar una antigüedad de 120 meses y otra sobre 60. Esto lo puede pedir cualquiera de los que se hayan jubilado con el régimen anterior y no prevé el pago de retroactivos, sino la corrección a futuro”, dijo.

 

Inclusión en Salud

 

Además valoró la incorporación de todos los profesionales de la salud del Estado. “Para el régimen de salud, hay una modificación del artículo 5. La ley anterior pedía 20 años como mínimo de aportes a la caja, 55 años de edad, y 25 años de servicios generales. Esto incluye a los médicos forenses, que no estaban contemplados, tanto de poderes judiciales nacionales o provinciales, como toda profesión vinculada como la salud, técnicos, personal de enfermería que tengan atención directa al paciente. Ahí está la discusión para ver cómo se interpreta. La ley anterior tenía previsto esto y el concepto de atención directa al paciente está sujeto a reglamentación. Seguramente con la nueva ley saldrá por la vía reglamentaria”, estimó.

“En el caso de los médicos jubilados, dice que no podrán desarrollar tareas en hospitales y centros de salud públicos, ni en áreas de médicos forenses dependiente de la dirección pericial, salvo que sean de carácter honorífico o como consejeros. Obviamente no se puede tener relación de dependencia y cobrar una jubilación, y ahí va a haber una discusión con los profesionales de salud que quieran seguir trabajando luego de jubilarse. Los docentes, una vez que se jubilan, pueden tener una actividad autónoma, y se sigue aplicando el principio general de que un jubilado no puede tener relación de dependencia. Esto no impide que el jubilado siga trabajando como autónomo, se tiene que inscribir en AFIP y emitirá la factura por su trabajo como locación de servicios o lo que sea, pero no puede volver a la relación de dependencia”, sentenció.

 

Jubilación extraordinaria

 

Otra parte de la reforma está dirigida al que ingresa al sistema, y se trata de una “jubilación extraordinaria”. “Esto está previsto especialmente para los agentes que ingresaron hasta el 31 de diciembre de 2017, que básicamente son del Megapase. Deben tener 55 años de edad y comprende los ingresos a los municipios antes de esa fecha también. Deben tener 30 años de servicio y 20 años de aportes a la caja y en general la gente que ingresó con el Megapase dentro de dos años cumple con los requisitos. La ley prevé un porcentual para acceder al beneficio y da una pauta interesante, de la que habló en su momento la Dra. Battaini, porque a la gente hay que darle la posibilidad de acceder al beneficio y que siga aportando al sistema hasta llegar al 82%. Cuando cumplen los años pueden pedir el recálculo para acceder al 82%”, sostuvo.

“Ya superamos el 82% para aquellos que tienen mucho aporte y reúnen los requisitos, y pueden pasar del 82 al 88%. Están excluidos los vocales del Tribunal de Cuentas, el Fiscal de Estado, los magistrados y jueces del Poder Judicial y quienes perciban un haber previsional que supere la asignación del gobernador. Hay gente que ingresó muy joven y acumula una cantidad de años que supera los 30 exigibles. Les conviene quedarse un par de años más para llegar al 85 u 86%. Los que se jubilan a los 55 años con 20 de aportes comienzan con el 72% y va aumentando a medida que pasan los años”, apuntó.

 

La sustentabilidad

 

Consultado sobre la sustentabilidad de esta reforma que se aprobó, advirtió que “va a ser sustentable en tanto todos los actores cumplan con sus obligaciones. Si se financia lo que sea con las contribuciones patronales, siempre va a haber un déficit. Esto se sostiene con las contribuciones en tiempo y forma. Lo bueno es que tenemos una buena relación entre activos y pasivos. Hay un promedio de tres activos y medio por jubilado. Lo lógico sería cuatro a uno, pero hay un promedio interesante y hay que cumplir con las obligaciones. También hay que dar herramientas de financiamiento para que la caja se maneje en caso de déficit. La ley prevé una asistencia en caso de quiebre, pero ya sabemos que terminamos con ajuste y conflictos”.

Recordó que la caja fue la que pagó la deuda de 208 millones de dólares de la gestión Estabillo. “Tuvieron que hacer un corte, porque nos quedábamos sin banco. Los que más pagaron fueron Colazo y Cóccaro, y después la gestión Bertone pagó 2 millones de dólares, a razón de 500 mil por año. La última certificación del Tribunal de Cuentas, que data de diciembre de 2019, habla de una deuda actualizada de 264 millones de dólares”, informó.

 

El paquete de 2016

 

Finalmente el letrado opinó sobre la polémica reforma de enero de 2016 y afirmó que fue “técnicamente una armonización previsional. Pasó lo mismo en Córdoba y en varias provincias que tienen régimen previsional propio. En caso de tener déficit, ANSES lo cubría con préstamos, pero a cambio de modificar las normas. Fue un acuerdo firmado por el gobierno y ratificado por la Legislatura. Se hicieron tres acuerdos con relación a esto, no solamente en la gestión Bertone sino en la de Melella, por los cuales obtuvieron dinero del Fondo de Sustentabilidad con la finalidad de sostener el régimen previsional. A ciencia cierta nunca supimos adónde fue el dinero. En la última etapa emitieron letras de tesorería para sostener la obra social y salieron de estos fondos de ANSES. Se emitieron letras sobre la deuda con ANSES y fue como pagar la tarjeta de crédito con otra tarjeta de crédito”, comparó.

De los 1.200 millones que se acordaron en la gestión de Macri y Bertone, no se puede conocer cuánto se pagó “porque no se certificó esa plata, recibieron el dinero del Fondo de Sustentabilidad, que ingresó directamente a tesorería general. Además por la ley de emergencia, se aumentó un punto y medio la alícuota de Ingresos Brutos y eso lo pagamos todos. Eso va a sostener las jubilaciones de la provincia. En su momento el bloque justicialista quiso que ese dinero fuera directamente a la caja, pero se vetó esa norma y los fondos van a Rentas Generales de gobierno”, concluyó.

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