A solicitud del Ministerio de Salud, la Legislatura de la Provincia reformó la Ley Provincial Nº 1004, una herramienta clave para mejorar el cobro de las prestaciones que el sistema público de salud brinda a obras sociales y empresas de medicina prepaga. Río Grande. -La norma alcanza a los denominados terceros financiadores, es decir, todas aquellas obras sociales, prepagas y entidades de cobertura médica (seguros en general) que deben hacerse cargo del costo de la atención de sus afiliados cuando estos son asistidos en hospitales y cualquier otra institución de la salud pública de la provincia. Desde el Ministerio de Salud señalaron que la atención sanitaria seguirá garantizada para toda la población, independientemente de su cobertura. La modificación de la
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