El vicerrector de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Juan Ignacio García, explicó que el Consejo Superior reglamentó el procedimiento para hacer efectivo el cese de la actividad docente a los 70 años, límite ya establecido por la legislación nacional pero que la UNTDF, por su relativa juventud, todavía no había instrumentado. La aplicación comenzará a impactar a principios de octubre y actualmente son nueve los docentes que llegaron a esa situación. Sin embargo, García aclaró que no se trata de un mecanismo absolutamente cerrado: ante necesidades académicas particulares, el Consejo Superior podrá analizar excepciones y la Universidad conserva además la posibilidad de contratar docentes para garantizar el dictado de materias cuando no exista reemplazo.
Río Grande.- El vicerrector de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego (UNTDF), Juan Ignacio García, explicó los alcances de la reglamentación aprobada por el Consejo Superior para ordenar el cese de la actividad de los docentes que alcanzan los 70 años y aclaró que la casa de estudios no estableció una nueva edad jubilatoria, sino que instrumentó un procedimiento que hasta ahora no existía para aplicar lo dispuesto por la legislación nacional.
En diálogo con FM del Pueblo, García precisó que “la decisión fue discutida durante varios meses y que el proyecto llegó formalmente al Consejo Superior en mayo, aunque el tema venía siendo trabajado desde el año pasado con las autoridades de los distintos institutos y con las personas que se acercaban al límite de edad”.
“Lo que sucedió en la Universidad es que en el mes de mayo el Consejo Superior trató un proyecto que lo que hace es establecer un procedimiento para cumplir con una ley nacional”, explicó.
De esta manera, buscó diferenciar la reglamentación interna de una decisión discrecional del Rectorado.
Según remarcó, la legislación nacional que “regula el régimen previsional de los docentes universitarios ya establece las condiciones generales y permite que los trabajadores de ese sector prolonguen voluntariamente su actividad hasta los 70 años”.
“La edad jubilatoria para las mujeres es a los 60 años, para los hombres a los 65 años. Y lo que tiene de particular el sistema previsional de los docentes universitarios es que les da la posibilidad, es un derecho de los docentes, de poder extender el plazo en el cual ejercen su actividad hasta los 70 años”, explicó.
Un vacío que la UNTDF todavía no había reglamentado
García señaló que “la particularidad de Tierra del Fuego radicaba en que la Universidad todavía no contaba con un mecanismo interno para ejecutar el cese una vez alcanzado ese límite”.
La situación, indicó, está relacionada con la propia historia de la institución. La UNTDF comenzó a desarrollar sus actividades académicas en 2013 y forma parte de las universidades nacionales más jóvenes del país, además de haber heredado algunas carreras provenientes de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco.
Por esa razón, durante sus primeros años no había resultado necesario establecer un procedimiento específico para una situación que ahora comenzó a presentarse con mayor frecuencia.
“No tenía un procedimiento instrumentado para esta situación, que es que a los 70 años ya debía interrumpirse la relación, porque es el límite que la misma ley establece para jubilarse a los docentes universitarios”, sostuvo.
García explicó que “el tema comenzó a analizarse con anticipación y fue conversado con los directores de los institutos y con los docentes potencialmente alcanzados, es algo que se viene discutiendo y conversando desde el año pasado. Se viene conversando también con las personas que se iban acercando”, puntualizó.
Finalmente se elaboró un proyecto, ingresó al Consejo Superior, fue debatido, sometido a votación y aprobado.
De mitad de año a octubre
La intención inicial era comenzar a aplicar el procedimiento al finalizar el primer cuatrimestre. Sin embargo, durante el tratamiento surgieron situaciones particulares que llevaron a postergar su implementación para evitar una aplicación abrupta.
“Tenía como una primera propuesta su implementación al cierre del primer cuatrimestre, o sea, antes de las vacaciones de invierno”, detalló García.
Durante la discusión se resolvió extender hasta “90 días la entrada en vigencia para permitir que las situaciones individuales pudieran ser analizadas y para que los docentes alcanzados tuvieran tiempo suficiente para ordenar su situación”.
“Como se planteaban situaciones particulares y que no sea algo abrupto, se definió ahí mismo que esto pudiera extender su aplicación hasta 90 días para poder también atender, si hacía falta, alguna situación particular”, indicó.
Ese plazo es el que ahora comienza a agotarse
Según García, algunos docentes ya habían superado la edad prevista mientras que otros fueron cumpliendo los 70 años durante este período. Muchos resolvieron jubilarse y presentar voluntariamente su renuncia, pero otros permanecieron en actividad.
Para esos últimos casos, el plazo “estaría venciendo ahora a principios de octubre”.
Nueve docentes alcanzados
Consultado específicamente por la cantidad de trabajadores comprendidos actualmente en la medida, García señaló que “son nueve docentes los que llegaron a los 70 años y permanecen dentro de la Universidad”.
La situación previsional, sin embargo, no es idéntica para todos, donde el vicerrector explicó que “la UNTDF cuenta con numerosos docentes que anteriormente desarrollaron tareas dentro del Estado provincial y accedieron a jubilaciones fueguinas a edades menores que las establecidas por el régimen nacional. Esas personas pudieron continuar desempeñándose como docentes universitarios y percibir simultáneamente su haber previsional provincial”.
“La Universidad tiene muchos jubilados de la provincia que ejercen la docencia y que lo han hecho cobrando la jubilación provincial y cobrando en la Universidad, que no hay ninguna incompatibilidad y que es posible”, aclaró.
El nuevo procedimiento no cuestiona esa compatibilidad previa, sino que “establece qué ocurre cuando esos docentes alcanzan finalmente los 70 años”.
“Llegada esa posibilidad de extender hasta los 70, llega hasta ahora, y entonces lo que hoy aparece es eso: para aquellos jubilados de la provincia se interrumpiría la relación laboral”, explicó.
Para quienes se encuentran comprendidos por el régimen nacional de ANSES, la “Universidad venía notificando previamente las distintas instancias”.
García señaló que “las personas son informadas al alcanzar las edades correspondientes y pueden comunicar su decisión de continuar ejerciendo hasta los 70 años”.
“Lo que reglamentó la Universidad es ese cese de actividad que no estaba reglamentado y que había quedado como una especie de limbo, sin definiciones”, sintetizó.
Agregó que “la mayoría de las universidades nacionales ya cuenta con procedimientos similares y que la UNTDF revisó esos antecedentes antes de diseñar su propio esquema”.
“Todos esos regímenes se observaron, se tomaron como aprendizajes y modelos de distintas instancias”, explicó.
¿Qué pasa si no existe un docente para reemplazarlo?
Uno de los puntos centrales de la entrevista estuvo relacionado con las carreras o materias en las que resulte difícil reemplazar a un profesor que alcance los 70 años.
García dejó en claro que “la reglamentación establece una regla general, pero que eso no impide analizar situaciones excepcionales, eventualmente, si hay situaciones particulares, deberían plantearse”, respondió.
En esos casos, la decisión quedará en manos del mismo organismo que aprobó el procedimiento: el Consejo Superior.
“Como cualquier régimen de esta naturaleza regula en términos generales, no regula las situaciones particulares. Las excepciones deberían solicitarse, plantearse y eventualmente el Consejo Superior, que es el que reguló esto, debería analizar si alguna excepción corresponde ser otorgada o no por el contexto que sea”, precisó.
De esta manera, la llegada a los 70 años constituye el límite general previsto por la normativa, pero la propia Universidad conserva una “instancia institucional para evaluar circunstancias extraordinarias., el que definió la regla puede exceptuarla en algún caso particular”, explicó García.
La alternativa de contratar docentes
Además de las eventuales excepciones, existe otra herramienta para cubrir necesidades académicas específicas: la contratación.
García explicó que la “UNTDF puede contratar profesionales para prestar servicios docentes cuando las circunstancias lo justifiquen, una modalidad que históricamente fue mucho más frecuente durante los primeros años de funcionamiento de la Universidad”.
“También existe la posibilidad, que la Universidad lo ha hecho mucho, de contratar docentes. O sea, contratar en el sentido de que se factura un servicio”, indicó.
“La Universidad en general no contrata, pero hay situaciones en las que sí lo hace, y lo ha hecho siempre”, agregó.
Recordó en ese sentido la figura del denominado “docente viajero”, utilizada cuando Tierra del Fuego todavía no contaba con suficientes equipos académicos radicados en la provincia.
Con el crecimiento de la UNTDF, esa necesidad se redujo significativamente porque se fueron consolidando equipos propios de docentes e investigadores.
“Por suerte, la Universidad Nacional de Tierra del Fuego fue consolidando equipos de docentes investigadores dentro de la Universidad, que siempre fue el objetivo, y ha reducido a la mínima expresión la necesidad de contratar”, señaló.
Sin embargo, la herramienta continúa disponible.
“Si hiciera falta, a estos mismos docentes se los podría contratar actualmente”, confirmó.
Esto significa que el cese de una designación por alcanzar el límite de edad no necesariamente impide que, ante una necesidad académica concreta y bajo otra modalidad jurídica, la Universidad pueda recurrir posteriormente a los conocimientos de ese profesional.
Qué sucede con la tutela sindical
Durante la entrevista también surgió otro escenario particular: qué ocurre cuando un docente alcanza los 70 años mientras todavía desempeña un cargo gremial protegido por tutela sindical.
García aclaró que “ese supuesto requiere un tratamiento jurídico específico, hay antecedentes jurídicos. En principio, presentándose, lo tenemos que analizar; se tiene que analizar en el servicio jurídico”, señaló.
Explicó que “la tutela sindical impide que un trabajador que desempeña una función gremial sea desplazado discrecionalmente”.
Sin embargo, indicó que “debe determinarse jurídicamente qué sucede cuando el cese deriva de una reglamentación general y no de una decisión individual dirigida contra esa persona”.
“En ese caso hay que solicitar el levantamiento de la tutela sindical y ahí hay una cuestión procedimental específica”, explicó.
Según indicó, existen antecedentes jurídicos sobre este tipo de situaciones y, llegado el caso, “posiblemente haya que solicitar un levantamiento de la tutela sindical”.
Los contratos y el presupuesto universitario
García también explicó cómo se financian las eventuales contrataciones y marcó una diferencia entre un cargo formalmente designado y un contrato de servicios.
El Gobierno nacional financia a las”universidades nacionales mediante la asignación presupuestaria, pero posteriormente cada institución administra esos recursos”.
“A nosotros nos financian y nos llega un presupuesto, y con ese presupuesto nosotros pagamos los sueldos de las personas designadas, pagamos los contratos de las personas a las que queremos contratar, pagamos los servicios, luz, gas, internet, lo que sea”, detalló.
Cuando esos fondos resultan insuficientes, agregó, la Universidad debe recurrir a su capacidad para generar recursos propios.
Por lo tanto, aunque el financiamiento provenga fundamentalmente de Nación, una eventual contratación es realizada directamente por la UNTDF.
“La plata llega de Nación pero después la administra la Universidad, así que el contrato de la persona lo hace la propia Universidad, al igual que el pago del sueldo del que fue designado por la Universidad”, aclaró.
No obstante, existe una diferencia presupuestaria relevante. Una designación formal genera un reconocimiento diferente dentro de la estructura presupuestaria futura de la institución, mientras que una contratación no necesariamente produce ese mismo efecto.
“Las designaciones son una figura que implica otra estabilidad y un reconocimiento a futuro por parte del Gobierno nacional a la hora de definir tu presupuesto, cosa que no pasa con los contratos”, explicó.
Una reglamentación que empieza a hacerse efectiva
La UNTDF llegará así a octubre con un procedimiento que busca cerrar una situación que, según García, permanecía hasta ahora en una suerte de vacío reglamentario.
La Universidad no modificó las edades jubilatorias ni creó un nuevo límite para sus docentes: reglamentó internamente cómo aplicar una legislación nacional que permite prolongar la actividad universitaria hasta los 70 años y establece allí el límite general.
Actualmente son nueve los docentes que se encuentran en esa situación y, para aquellos que no hayan presentado previamente su renuncia, comenzará a hacerse efectivo el procedimiento aprobado por el Consejo Superior.
Sin embargo, García remarcó que “el esquema contempla herramientas para afrontar circunstancias extraordinarias. El Consejo Superior podrá estudiar pedidos de excepción cuando existan razones que lo justifiquen y la Universidad mantiene la posibilidad de realizar contrataciones cuando sea necesario garantizar el funcionamiento académico”.
Así, la reglamentación combina el cumplimiento del límite establecido por la legislación nacional con mecanismos para resolver las particularidades propias de una universidad que todavía continúa consolidando sus planteles académicos en Tierra del Fuego.
