El proyecto, que obtuvo 144 votos a favor y 102 en contra, busca garantizar la independencia de la entidad al impedir que financie al Tesoro y endurecer las condiciones para remover a sus autoridades. Según el oficialismo, así se erradicará permanentemente “la posibilidad de que cualquier gobierno emita descontroladamente”. Con la media sanción, ahora la iniciativa será girada al Senado.
Buenos Aires.- El oficialismo logró darle media sanción al proyecto de ley para reformar la Carta Orgánica del Banco Central para garantizar su independencia del gobierno de turno y prohibir la financiación del Tesoro Nacional con emisión monetaria. Los libertarios festejaron la victoria legislativa porque -aseguran- representa una señal positiva para los mercados que permitirá bajar el riesgo país.
Pasadas las 18, el tablero del recinto arrojó 144 votos positivos, 102 negativos y 9 abstenciones. La Libertad Avanza contó con el apoyo del PRO, la UCR, el MID, la Coalición Cívica, parte de Provincias Unidas, Argentina Federal (Salta y Misiones), Independencia (Tucumán), Adelante Buenos Aires, Producción y Trabajo, La Neuquinidad y Por Santa Cruz.
El diputado Santiago Pauli fue el encargado de presentar el proyecto del Poder Ejecutivo y comenzó por explicar que el objetivo principal de la reforma es “erradicar permanentemente la posibilidad de que cualquier gobierno emita descontroladamente”.
Según el presidente de la Comisión de Finanzas, la entidad fue utilizada “durante mucho tiempo como una herramienta de saqueo de la política” porque “cada vez que le faltaba plata al Estado se metía mano al Banco Central”. “La consecuencia de esto ha sido y es la inflación y el origen de la inflación ha sido la emisión descontrolada”, resumió.
La reforma de la Carta Orgánica del Banco Central busca garantizar su independencia del Poder Ejecutivo a partir de la prohibición explícita del financiamiento directo o indirecto del Tesoro. Así, la entidad monetaria no podrá hacer más adelantos transitorios, una herramienta crucial utilizada históricamente para cubrir con emisión monetaria el déficit fiscal de los distintos gobiernos. Tampoco podrá comprar de forma directa títulos públicos en el mercado primario.
La iniciativa de los libertarios apunta a dar marcha atrás con la reforma de la Carta Orgánica que había hecho el kirchnerismo en 2012, cuando se ampliaron los mandatos de la institución y se incluyeron cuatro nuevos objetivos: promover la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social. Si el Gobierno logra la sanción definitiva en el Senado, el único objetivo será preservar el valor de la moneda.
Por otro lado, se prohíbe la transferencia al Tesoro de ganancias contables o por diferencia de cambio. Los resultados del BCRA deberán destinarse prioritariamente a absorber pérdidas acumuladas, recomponer el patrimonio o cancelar deuda pública. Finalmente, también dispone la eliminación de instrumentos de deuda como las Letras Intransferibles y se actualizan las reglas relativas a la administración y resguardo de las reservas internacionales.
Por el lado de la oposición, las críticas giraron en torno al intento del oficialismo de perpetuar sus principios económicos incluso después de dejar el gobierno. “Nunca estuve de acuerdo con un criterio de rigidez porque pienso que, en primer lugar, antes que la economía, está la política, y el Banco Central tiene que estar subordinado al interés general del país y al rumbo que marque el Poder Ejecutivo Nacional pensando fundamentalmente en el crecimiento y en el desarrollo. Tarea ausente hoy en el Banco Central y en este diseño que se ha planteado”, dijo Miguel Ángel Pichetto (Encuentro Federal).
En la misma línea, el diputado Itai Hagman (UxP) planteó que el Congreso “debería estar discutiendo cómo hacer para aliviar la situación de los morosos, pero en lugar de eso estamos discutiendo una reforma que le quita instrumentos al Estado, a través del Banco Central, para resolver estos problemas”.
Entre las reformas también se destaca un cambio en los mecanismos para remover al presidente de la entidad y a los integrantes del directorio, para lo cual se necesitará acreditar una “causal grave” y la aprobación con mayoría de dos tercios en el Senado y la Cámara de Diputados.
“El único objetivo que tiene esta reforma es lograr que las autoridades actuales del Banco Central sigan ejerciendo la política monetaria en los próximos años, independientemente si el Gobierno pierde las elecciones el año que viene”, denunció Agustín Rossi (UxP).
Desde el peronismo también instaron a los bloques aliados a que rechacen el artículo 13, que permite poner las reservas como garantía del endeudamiento externo. Incluso pidieron la votación en particular del artículo en cuestión. Pero el oficialismo avanzó, tras una votación a mano alzada, con la votación por títulos (que incluyen varios artículos).
El artículo en cuestión dice: “Los bienes que integran las reservas son inembargables. El Banco podrá mantener una parte de sus activos externos en depósitos u otras operaciones a interés, en instituciones bancarias del exterior, en oro, en activos financieros líquidos, o en papeles de reconocida solvencia y liquidez pagaderos en oro o en moneda extranjera, pudiendo utilizarlos como garantía en operaciones propias de banca central”.
Finalmente, la votación se realizó por títulos: el primero, que contiene el artículo 13, fue aprobado por 138 votos positivos.
Reforma de la Carta Orgánica del BCRA: las 6 claves para entender el proyecto que ya tiene media sanción de Diputados
La Cámara de Diputados aprobó este miércoles el proyecto para reformar la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA). La iniciativa propone modificar tanto el rol institucional de la entidad monetaria como sus vínculos con el Tesoro nacional.
“Muchas gracias Diputados Nacionales por acompañar el proyecto de reforma de la Carta Orgánica del BCRA. ¡Un paso fundamental para erradicar a la inflación de la vida de los argentinos de bien…!!! Ahora a pelearla en el Senado”, escribió esta tarde en X el presidente Javier Milei.
El texto se despliega en seis ejes que abarcan la definición del mandato del organismo, el esquema de remoción de sus autoridades, la relación financiera con el sector público, el régimen de utilidades, el saneamiento de su balance y una serie de actualizaciones operativas vinculadas al manejo de las reservas. En conjunto, apunta a desandar cambios introducidos en 2012 durante la gestión kirchnerista, cuando se amplió el mandato de la entidad y se flexibilizaron los mecanismos de asistencia financiera al Estado.
El mensaje que acompaña al proyecto fija una premisa que atraviesa todo el articulado: la eliminación completa de las vías por las que el BCRA puede financiar al sector público. Ese bloque concentra buena parte del peso político y económico de la reforma.
Fin del financiamiento al Tesoro
El artículo 17 del proyecto deroga el artículo 20 de la Carta Orgánica vigente, que regula los adelantos transitorios que el BCRA otorga al Gobierno nacional. Hasta 2012, esos adelantos tenían un plazo máximo de doce meses y no podían superar el 12% de la base monetaria, con la posibilidad de sumar otro 10% de la recaudación obtenida por el Gobierno en el último año. La reforma de 2012 elevó esos topes e incorporó un adicional del 10% de la recaudación con carácter excepcional, una excepción que en la práctica se aplicó de forma sistemática.
Según los propios fundamentos del proyecto, bajo ese esquema la actual administración pudo haber girado al Tesoro hasta $36.600.000.000.000 por la vía de los adelantos transitorios, una cifra que el mensaje sitúa por encima del 80% de la base monetaria actual.
La derogación no se limita a los adelantos transitorios. El proyecto también prohíbe que el Banco Central otorgue préstamos al Gobierno nacional, a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios. Suma, además, la prohibición de comprar títulos públicos del Estado nacional en el mercado primario y elimina la facultad del organismo de adelantar fondos para atender servicios de deuda pública.
En el mismo bloque, la iniciativa deroga el concepto de reservas de libre disponibilidad, que había quedado establecido en la ley de convertibilidad de 1991. De acuerdo con el mensaje oficial, ese mecanismo permitió durante dos décadas que el Tesoro accediera a reservas internacionales del BCRA y dejó como resultado letras intransferibles en el activo del Banco por USD 69.400 millones a abril de 2025.
Saneamiento del balance y letras heredadas
Ligado a ese diagnóstico, el proyecto incluye un régimen transitorio orientado a sanear el balance de la entidad. Establece que, hasta tanto se cancelen por completo las letras intransferibles y los adelantos transitorios que el Estado nacional mantiene con el BCRA, una parte del resultado del ejercicio se pondrá a disposición del Gobierno con ese único fin.
El mismo régimen prorroga de pleno derecho los vencimientos de los adelantos transitorios hasta que queden totalmente cancelados. En el caso de las letras intransferibles, el texto mantiene sus condiciones de emisión originales y lo que en cada oportunidad disponga la ley de presupuesto nacional.
Utilidades bajo un esquema más restrictivo
El cuarto eje del proyecto redefine qué resultados del Central pueden transferirse al Estado como accionista. La nueva redacción establece que sólo se podrán distribuir utilidades realizadas y líquidas, y excluye de manera expresa aquellas que se originen en variaciones del tipo de cambio o en el valor del oro.
La porción del resultado que provenga de esos dos factores pasará a integrar una cuenta de capital del Banco. El resto de los resultados no realizados quedará depositado en una reserva especial, sin posibilidad de giro al Gobierno hasta que efectivamente se concreten.
El nuevo artículo 38 agrega una condición adicional: la reserva general y las demás reservas de resultados deberán equivaler, como mínimo, al 50% del capital del Banco antes de habilitar cualquier transferencia. Y esa transferencia, cuando se autorice, deberá destinarse exclusivamente a la cancelación de deuda pública.
Los fundamentos del proyecto sostienen que, de este modo, se cierra un canal que permitía al BCRA girar al Tesoro, bajo la forma de utilidades, resultados puramente contables generados por la revaluación en pesos de sus activos en dólares cada vez que se depreciaba la moneda nacional. El mensaje describe ese mecanismo como una de las principales debilidades del sistema vigente y señala que fue utilizado por todas las administraciones posteriores a la convertibilidad, incluida la actual gestión de Milei.
Nuevas condiciones para remover a las autoridades
Otro eje del proyecto reformula el gobierno interno del Banco Central y los mecanismos para desplazar a sus autoridades. El artículo 3 fija causales taxativas para la remoción de los integrantes del directorio, entre ellas la falta grave y manifiesta en el ejercicio de sus funciones, que deberá derivar de hechos precisos e inequívocos.
Bajo el nuevo esquema, la remoción requerirá un decreto del Poder Ejecutivo, con aprobación previa de ambas cámaras del Congreso por una mayoría especial de dos tercios de los miembros presentes. El proyecto suprime, en ese proceso, la intervención de una comisión bicameral que había sido incorporada en 2010, cuando el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner buscó desplazar de la presidencia del Central a Martín Redrado. También elimina la posibilidad de que el Poder Ejecutivo remueva a un banquero central por decisión propia, sin acreditar la falta grave mencionada.
El texto deroga, además, la participación de un representante del Ministerio de Economía en las reuniones de Directorio del Banco Central, así como la exigencia de que el organismo emita opinión previa sobre el impacto en la balanza de pagos de las operaciones de crédito público externo. El mensaje oficial describe ese último requisito como una traba burocrática sin peso real en las decisiones.
Un mandato único centrado en la inflación
El proyecto redefine, en el artículo 1, la misión del BCRA. La nueva redacción reemplaza al actual artículo 3 de la Carta Orgánica y establece que la misión única, primaria y fundamental de la entidad es preservar el valor de la moneda. Esa fórmula sustituye a la vigente desde la reforma de 2012, que le asigna al BCRA la finalidad de promover, en el marco de las políticas del Gobierno nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social.
Los fundamentos del proyecto sostienen que esa multiplicidad de objetivos diluye la responsabilidad del organismo, porque un banco central al que se le encomienda todo no puede ser evaluado por nada. Agregan que la política monetaria solo puede perseguir de manera efectiva la estabilidad de precios, por lo que exigirle metas adicionales implica desconocer limitaciones empíricas básicas del instrumento.
En sintonía con ese cambio, el proyecto retira del directorio la facultad de orientar el crédito hacia las pymes o las economías regionales, con el argumento de que ese tipo de políticas corresponde a una banca de fomento y no a un banco central.
Cambios operativos y en el manejo de reservas
El sexto eje reúne modificaciones de índole operativa. El proyecto habilita al BCRA a operar con títulos públicos, divisas y otros activos financieros con fines de regulación monetaria, cambiaria, financiera y crediticia, con la exigencia de hacerlo a precios de mercado o, en su defecto, mediante mecanismos técnicos equivalentes, una previsión que no existe en la Carta Orgánica actual.
La iniciativa incorpora también la inembargabilidad de los bienes que integran las reservas y precisa qué activos externos son aptos para su inversión, entre ellos el oro y los activos financieros líquidos, una protección que hasta ahora dependía de la ley de convertibilidad de 1991. El texto habilita, además, el uso de esos activos como garantía en operaciones propias de banca central y excluye a los contratos financieros internacionales que celebre el organismo de una restricción legal que hoy los alcanza.
Por último, el proyecto concentra en el Banco Central la función regulatoria sobre los sistemas de pago y las cámaras liquidadoras y compensadoras, y deroga tanto una regla de intervención cambiaria como otras disposiciones remanentes del régimen de convertibilidad de la década de 1990.
