Sánchez Alberione recibió una pena de 5 años de reclusión por el delito de homicidio preterintencional

El Tribunal de Juicio Oral concluyó ayer pasadas las 13 horas, el último juicio oral del año en los tribunales de Campamento YPF y lo hizo con una resolución condenatoria para Juan Andrés Sánchez Alberione, quien fue condenado a 5 años de reclusión por el delito de homicidio preterintencional en perjuicio de Nelson Fabián González.

Río Grande.- El Tribunal de Juicio compuesto por los doctores Eduardo López, Verónica Marchisio y Pedro Fernández, dieron a conocer la pena para Juan Andrés Sánchez Alberione, a quien encontraron penalmente responsable del delito de “homicidio preterintencional” por lo que aplicaron 5 años de reclusión de cumplimiento efectivo.

El próximo 15 de diciembre se darán a conocer los fundamentos de esta sentencia que indica que los magistrados entendieron que Sánchez Alberione tuvo intenciones de lesionar, pero no del resultado muerte de la víctima.

Sánchez mantuvo una discusión el 17 de diciembre del año pasado con su primo Nelson Fabián González de 44 años, con quien convivía en una pensión del barrio Perón.

Ante ello le asestó una puñalada en el brazo izquierdo cortándole una arteria por lo que la víctima murió tres horas después a causa de la pérdida de sangre.

La defensa de Sánchez Alberione y los jueces entendieron que, apuntando la agresión al brazo en una zona no vital del cuerpo, su intención no fue matarlo caso contrario habría apuntado al tórax.

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