Una resolución ordenó la reapertura de la causa por la muerte de Victoria Abril Prada

La Cámara de Apelaciones de Río Grande revocó el sobreseimiento del conductor José Luis Parada y ordenó reabrir la causa por la muerte de la joven Victoria Abril Prada, ocurrida en marzo de 2024. El expediente volverá al Juzgado de Instrucción N.º 3, pero será tratado por otro magistrado.

Río Grande. -La Cámara de Apelaciones resolvió revocar el sobreseimiento dictado por la jueza de instrucción Cecilia Cataldo en favor de José Luis Parada, el conductor acusado de atropellar y provocar la muerte de Victoria Abril Prada, de 20 años.

El hecho ocurrió en marzo de 2024, sobre la avenida San Martín, en el tramo que conecta los barrios San Martín Norte y Chacra IV. Esa noche, la motocicleta en la que viajaban Victoria y un adolescente de 16 años sufrió un desperfecto mecánico y quedó detenida sobre la calzada, en un sector sin iluminación pública. Minutos después, ambos fueron embestidos por un Peugeot conducido por Parada. La joven falleció al día siguiente a causa de las graves heridas.

En primera instancia, la jueza Cataldo había considerado que el siniestro fue “inevitable” por las condiciones de escasa visibilidad, dictando el sobreseimiento del imputado. Sin embargo, los abogados de la familia, Francisco Giménez y Omar Vargas Chávez, apelaron la medida, sosteniendo que el conductor debía extremar precauciones y reducir la velocidad, pese a circular a poco más de 51 km/h en una zona con límite de 60.

Los camaristas Julián de Martino y Federico Vilella coincidieron con el planteo de la querella y remarcaron que el conductor “debía adecuar la velocidad a las condiciones de visibilidad”. Valoraron además testimonios de otras conductoras que declararon haber advertido la presencia de la motocicleta y evitar el impacto, lo que demuestra que el desenlace fatal era evitable.

En su resolución, la Cámara subrayó que la situación de riesgo en la que se encontraban las víctimas no excluye la responsabilidad penal del imputado, quien de haber obrado con el “deber de cuidado” podría haber evitado el resultado.

Con esta decisión, el expediente fue remitido nuevamente al Juzgado de Instrucción N.º 3, pero deberá ser tratado por otro magistrado, apartando a la jueza Cataldo por haber adelantado criterio en la causa.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.