El Superior Tribunal ordenó la libertad plena de Carlos Córdoba

El abogado Raúl Paderne explicó que la prisión preventiva de Carlos Córdoba no tenía sustento legal porque la condena todavía no está firme y no existían circunstancias nuevas que justificaran mantenerlo detenido. El Superior Tribunal de Justicia resolvió por prácticamente unanimidad que Córdoba continúe el proceso en libertad. Paralelamente, la nueva defensa impugnó la sentencia y sostiene que existen nulidades procesales que podrían determinar la nulidad de la condena y retrotraer el expediente hasta el requerimiento fiscal.

Río Grande.- El Superior Tribunal de Justicia dispuso la libertad plena de Carlos Córdoba, al considerar que no existían condiciones que justificaran que continuara privado de su libertad mientras se tramita la revisión de la condena. La resolución fue suscripta por cuatro de los cinco integrantes del máximo tribunal provincial, aunque, según explicó el abogado Raúl Paderne, se trató prácticamente de una decisión unánime, dado que la doctora Battaini se había excusado de intervenir en el expediente.

En diálogo con FM La Isla, Paderne realizó inicialmente una precisión respecto de la representación legal de Córdoba y señaló que “Carlos Córdoba es cliente del estudio y que el abogado que llevó específicamente el caso es el doctor Maximiliano Hércules”, aclaró. “En principio te cuento que el estudio empezó a trabajar este tema de Carlos una vez que había sido dictada una condena condenatoria y lo habían privado de libertad, o sea, habían dispuesto lo que se llama técnicamente una prisión preventiva”, explicó el letrado.

Paderne remarcó que la condena dictada por el “Tribunal Oral no se encuentra firme” y que, por ese motivo, la “privación de la libertad debía estar sustentada en una medida cautelar específica”.

 

La defensa cuestionó la prisión preventiva

 

Según explicó Paderne, “cuando nosotros tomamos la causa, lo primero que advertimos es que entendíamos que el tribunal oral había tenido un fallo en lo que respecta a la prisión preventiva, que no estaba fundado en derecho”, manifestó.

El abogado aclaró que “esto es incidental. Estamos hablando del tema de la excarcelación que nosotros le planteamos al propio tribunal, que el tribunal rechazó y que recurrimos en casación al Superior Tribunal de Justicia en este incidente para determinar que Carlos tenía que continuar el proceso en libertad”, indicó.

Paderne también cuestionó la “estrategia adoptada por la anterior defensa de Córdoba”, aunque aclaró expresamente que “no pretendía realizar un juicio de valor sobre quienes la ejercieron”.

“Desde el punto de vista técnico, para nosotros la postura que había asumido y no había presentado todavía recurso de casación pidiendo una prisión domiciliaria no se correspondía con el derecho de Carlos”, sostuvo.

Y fue más contundente al sostener que “es una postura ineficaz”.

Según explicó, el problema radicaba en que “se había solicitado una prisión domiciliaria cuando existía una instancia previa que permitía reclamar directamente la libertad”, explicó.

En ese sentido, señaló que “aquella estrategia terminaba aceptando la existencia misma de la prisión preventiva que la nueva defensa entendía que debía ser cuestionada, por lo cual, entonces, nosotros tomamos el caso, lo primero que pedimos era la excarcelación. Todo bien que haya una condena, después analizaremos por separado el tema condena, que ahí hay mucho para cortar. Pero, esencialmente, tiene el derecho a estar en libertad porque el principio de inocencia no ha sido vulnerado”, afirmó.

 

Córdoba recuperó la libertad plena

 

Paderne fue categórico al explicar que la resolución del Superior Tribunal no establece una “prisión domiciliaria ni una libertad morigerada, él está libre durante el proceso porque siempre Carlos estuvo a derecho. Cada vez que fue convocado por el tribunal, se presentó”, señaló.

Además, destacó que “Córdoba no habría incumplido las obligaciones procesales ni obstaculizado la investigación, siempre estuvo a derecho”, reiteró.

El abogado explicó que la situación se vincula directamente con la “falta de firmeza de la condena y con el derecho a que esa decisión sea revisada por una instancia superior”.

El Superior Tribunal, según Paderne, estableció que “no había aparecido ninguna circunstancia nueva que permitiera justificar el mantenimiento de la prisión preventiva, no hay ninguna condición que haya variado antes del debate que justifique que Carlos Córdoba esté preso”, señaló.

Y agregó que “prácticamente por unanimidad. ¿Por qué? Porque siempre estuvo a derecho, porque no obstaculizó la investigación y, bueno, tiene derecho a que esa condena se revise”.

 

El doble conforme y los antecedentes invocados

 

Paderne sostuvo que la decisión del Superior Tribunal se encuentra vinculada con las “garantías constitucionales y procesales que aseguran la revisión de una condena que todavía no se encuentra firme, por eso tenemos un doble conforme en el sistema procesal y de garantías constitucionales, entonces, no, hoy su principio de inocencia no ha sido vulnerado, y esto es lo que ha reconocido el Superior Tribunal de Justicia”, explicó.

El abogado calificó el pronunciamiento como “un fallo ejemplar” y señaló que, a su criterio, se “estaba dejando de aplicar un precedente anterior del propio Superior Tribunal, que era el fallo Don Amaría”, manifestó.

También recordó el antecedente federal conocido como “Loyo Freire” y señaló que “recientemente el criterio había sido reiterado en el caso Hermosilla”.

Según explicó, esos antecedentes establecen que, después de una condena dictada por el tribunal de grado, la “prisión preventiva no puede justificarse únicamente en la gravedad de la pena eventualmente aplicable, para que exista prisión preventiva después de una condena dictada por el tribunal de grado, en este caso el Tribunal Oral, tiene que haber una circunstancia que justifique durante el debate si esa persona llegó en libertad, o sea, no obstaculizó, esa persona estuvo siempre a derecho”, explicó.

 

Por eso, sostuvo que debe existir una “circunstancia concreta y distinta que justifique la medida, tiene que haber una causa distinta y que justifique, no solo porque la condena puede ser de cumplimiento efectivo y es grave. Y esto es lo que estaba haciendo el Tribunal Oral, y está mal. No es ajustado a derecho”, afirmó.

 

La defensa sostiene que la condena está cuestionada por nulidades

 

Más allá de la libertad obtenida en este incidente, Paderne remarcó que la “condena continúa siendo objeto de revisión mediante un recurso de casación presentado por el estudio”, confirmó.

Según explicó, ese trámite es “independiente del incidente de excarcelación y tiene una complejidad y una duración mayor”.

En ese marco, Paderne cuestionó severamente la actuación de la defensa anterior, aunque volvió a “aclarar que lo hacía desde una consideración estrictamente técnica, tengo más de 40 años de profesión. Nunca vi una defensa tan errática como la que tuvo Carlos”, afirmó.

Y agregó que “lo digo sin emisión de juicio de valor, digo, es una defensa errática, absolutamente ineficaz”.

Para el abogado, existen circunstancias dentro del expediente que “deberán ser analizadas en profundidad mediante el recurso de casación, hay circunstancias en la causa que no pueden ser obviadas, pero, bueno, para eso está el recurso, ¿no? Para eso está el recurso de casación”, sostuvo.

“El cambio de abogado se produjo inmediatamente. El trabajo que desarrolló Maxi, específicamente, está empezando a considerarse”, explicó.

 

El planteo de nulidad que podría alcanzar la condena

 

Uno de los aspectos más fuertes de la entrevista fue la explicación de Paderne respecto de una de las nulidades planteadas en el recurso de casación, para lo cual, el abogado ubicó el cuestionamiento en una “etapa previa al juicio propiamente dicho y explicó que el proceso penal tiene dos partes claramente diferenciadas: la instrucción y el plenario o debate”.

Cuando finaliza la instrucción, las partes deben pronunciarse sobre si consideran que la investigación está completa y formular el correspondiente requerimiento de elevación a juicio.

Según Paderne, en ese momento el “Instituto Provincial de Vivienda, IPV, que intervenía como querellante, no realizó ese requerimiento”.

A partir de esa circunstancia, el abogado sostuvo que “por innumerables fallos que tenemos, y por el respeto al debido proceso, ese querellante queda en una situación de coayudante, pero sin iniciativa propia del fiscal. Es el fiscal el que ejerce la acción penal en forma plena”, explicó.

Paderne sostuvo que, en este caso, el “fiscal, en este caso, ofreció una omisión de debate con un techo punitivo, o sea, con un techo que no podía superar dos años y ocho meses, de cumplimiento condicional”, indicó.

Sin embargo, durante la audiencia correspondiente, el IPV manifestó su “oposición y el Tribunal Oral hizo lugar a ese planteo. No tenía ese derecho”, afirmó.

Para Paderne, ese derecho procesal “había sido perdido previamente”.

“Partamos de que esa nulidad se planteara, ¿no? Porque no la planteó, que la consintió la abogada, que esto, que lo otro, que lo volvió a reiterar. Eso es una nulidad absoluta respecto de la participación de las partes”, sostuvo.

Según su interpretación, “se sostuvo el proceso contra una opinión distinta a la del fiscal que tenía la titularidad de la acción en forma exclusiva, y continuamos a juicio y termina en una condena de cinco años”, explicó.

Su conclusión fue categórica al sostener que “todo ese proceso está viciado de nulidad”.

 

La teoría del “fruto del árbol envenenado”

 

“Como consecuencia de la explicación propia del código de procedimiento nuestro, todo lo que ha ocurrido después motivado en esa decisión es nulo”, afirmó.

Para la defensa, la “condena es nula, tienen que retraer hasta el momento del requerimiento fiscal”, sostuvo Paderne.

Ese momento, según explicó, constituiría “el último acto procesal válido”.

 

La nulidad ya forma parte de la estrategia de casación

 

Paderne confirmó que “este planteo no es una hipótesis futura, sino que ya fue presentado formalmente por el estudio”.

Explicó que la “nulidad constituye uno de los tres agravios planteados en la casación, fueron aceptados dos agravios y este fue rechazado por el tribunal de juicio, y hemos ido en queja para que se incorpore este tercer agravio, que para nosotros es muy importante, a la casación, y en eso estamos”, detalló.

De esta manera, mientras la resolución del Superior Tribunal ya permitió que “Córdoba continúe el proceso en libertad, la defensa mantiene abierta la discusión sobre la validez de la condena y pretende que la instancia de casación analice los cuestionamientos procesales planteados”.